viernes, 6 de noviembre de 2009

Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético de Andalucía


Ayudas disponibles por la Junta de Andalucía para acometer proyectos de ahorro y eficiencia energética y energías renovables en instalaciones turísticas.

Orden de 4 de Febrero del 2009
Con el objetivo de apoyar a la sociedad andaluza para que sea partícipe del cambio del modelo energético, mediante el ahorro y la eficiencia en el uso de la energía así como con la sustitución paulatina de las fuentes convencionales por otras de naturaleza renovable, la Junta de Andalucía ha desarrollado un programa de incentivos de nuevos proyectos de ahorro energético y de empleo de energías renovables.

Con este programa se contribuye a desarrollar un modelo energéticamente sostenible basado en la prosperidad económica, la cohesión social y un nivel elevado de protección medio­ambiental mediante la incentivación de proyectos de ahorro y eficiencia energética y de empleo de energías renovables, así como a través de la mejora de las infraestructuras energéticas en Andalucía.

Las categorías de proyectos incentivables son:
  • Ahorro y eficiencia energética
  • Instalaciones de energías renovables
  • Aprovechamiento energético
  • Estudios energéticos y acciones de difusión
  • Mejoras de las infraestructuras energéticas 

Los beneficiarios que contempla esta Orden son los siguientes:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o sus agrupaciones, cuando la inversión o gasto se realice en Andalucía.

También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o se encuentren en la situación que motive la concesión del incentivo.

Con carácter general la intensidad máxima del incentivo para los beneficiarios que sean empresas, oscila entre el 50% (si grandes empresas) y el 70% (si pequeñas em­presas).

Existen determinados elementos de especial consideración en la valoración de los incentivos.

Estos elementos, denominados Subcategorías, se definen el Anexo I de la Orden. Los incentivos pueden ser directos a fondo perdido y/o bonificación de tipos de interés.

El plazo de presentación de solicitudes de incentivos se inició en la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, 14 de febrero de 2009, finalizando el 30 de diciembre de 2014.


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